Plan de medidas de bajas emisiones Agenda 2030
La Declaración de Emergencia Climática, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica y la Ley de Cambio Climático y Transición Energética; establecen que los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes; deberán aportar, antes de 2023, planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo entre otras, el establecimiento zona de bajas emisiones.
En relación con la consulta pública previa, realizada por el Ayuntamiento de Burgos, sobre modificación de la ordenanza municipal de movilidad sostenible a efectos de definición y regulación de la zona de bajas emisiones de la ciudad de Burgos, la Federación de Comercio de Burgos ha presentado una serie de propuestas y aportaciones sobre las medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas y que afectarán a la actividad comercial de la ciudad de Burgos.
En este sentido, FEC Burgos comparte los objetivos de desarrollo sostenible, mejora de la calidad del aire y de los niveles de ruido valorando las siguientes cuestiones en relación con el establecimiento de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE):
A continuación, se adjuntan los parámetros y propuestas aportadas por la Federación de Comercio de Burgos: