Subvenciones destinadas a la modernización y mejora de la gestión del comercio de la Comunidad de Castilla y León

La Junta de Castilla y León ha convocado en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación, de acuerdo con los requisitos establecidos en las correspondientes bases y en la presente convocatoria.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas dentro del período establecido, y cumplan los requisitos:

a) Tener la condición de PYME de conformidad con los requisitos establecidos para ello por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

b)  Desarrollar su actividad comercial de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto.

c) La actividad principal en cuanto a volumen de negocio que desarrollen en el establecimiento comercial para el cual se solicita la subvención debe ser estricta y exclusivamente comercial y minorista conforme a la división 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), quedando excluidos los siguientes grupos o clases:

  • I. Clase 47.26.– Comercio al por menor de productos del tabaco en establecimientos especializados.
  • II. Clase 47.30.– Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.
  • III. Clase 47.73.– Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados.
  • IV. Grupo 47.8.– Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos.
  • V. Grupo 47.9.– Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.

 

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

Podrán subvencionarse, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, los proyectos de inversión que tengan como finalidad:

  1. La modernización y/o mejora de la imagen del establecimiento comercial o su adecuación para el ejercicio de la actividad comercial.
  2. Digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
  • Ambas a la vez.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 10 de enero de 2022 hasta el 15 de abril de 2022.

Enlace a la convocatoria

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