Nuevas Medidas de Seguridad

La Junta de Castilla y León ha acordado la prórroga de las medidas especiales de salud pública vigentes desde el pasado 20 de julio, durante otros catorce días más, por lo cual el acuerdo aprobado da continuidad desde el próximo 3 de agosto hasta el 16 del mismo mes incluido.

  • Establecimientos de hostelería, restauración, sociedades gastronómicas y cualquier otro establecimiento, actividad o instalación en el que se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración:
    • El consumo en el interior no podrá realizarse en barra ni de pie.
    • No se podrá superar el 75% del aforo en el interior del establecimiento con una limitación de 10 personas por mesa.
    • Se suprime cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie, como cócteles o similares.
    • Horario de cierre en el interior de los establecimientos a la 1:30 horas y admisión del último cliente a la 1:00 horas. Del horario de cierre están exceptuados los servicios de comida a domicilio, recogida en los establecimientos o en vehículo y los establecimientos de hostelería y restauración esenciales para los transportistas…
    • Se permite la apertura de terrazas al aire libre con el horario administrativo que les corresponda.
    • Los clientes son responsables de abandonar el establecimiento en el horario habilitado.
  • Discotecas y Salas de fiesta:
    • Cerrado el consumo en el interior.
    • Se permite la apertura de terrazas al aire libre con el horario administrativo que les corresponda.
  • Establecimientos que desarrollen actividades de ocio y entretenimiento como pubs, karaokes, bares especies y otros:
    • Establecimientos a los que se refiere el apartado B.5 del anexo de la Ley 7/2006, de 2 de octubre de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León.
    • Horario de cierre en el interior de los establecimientos a la 1:30 horas y admisión del último cliente a la 1:00 horas.
    • Los clientes son responsables de abandonar el establecimiento en el horario habilitado.
    • El consumo en el interior no podrá realizarse en barra ni de pie, se tendrá que realizar sentado con un máximo de 10 personas por mesa.
    • Se permite la apertura de terrazas al aire libre con el horario administrativo que les corresponda.
    • Los clientes son responsables de abandonar el establecimiento en el horario habilitado.
  • Las peñas permanecerán cerradas.
  • Actuaciones musicales, verbenas, bailes públicos y similares en espacios públicos incluidos los pasacalles:
    • No se permite el consumo de alimentos ni bebidas.
    • Deberán finalizar como máximo a la 1:30 horas.
    • Los clientes son responsables de abandonar el recinto en el horario habilitado.
    • En espacios cerrados: Se podrán con el público sentado, con mascarilla y con distancia de seguridad de 1.5 m.
    • En espacios al aire libre: se podrán realizar con el público sentado, la mascarilla será obligatoria si no se puede mantener la distancia de seguridad de 1.5m.
  • Celebración de procesiones y romerías en espacios públicos:
    • Deberán realizarse en recinto acotado.
    • Aforo del 75% con un máximo de 1.000 personas al aire libre.
    • Las personas deberán estar sentadas la mascarilla será obligatoria si no se puede mantener la distancia de seguridad de 1.5m.
    • No se permiten las muestras físicas de devoción o tradición.
    • No se permite el consumo de alimentos ni bebidas.
  • Se mantendrán cerrados los parques y espacios asimilados de 00:00 a 7:00 horas y se reforzarán los controles para impedir el consumo de bebidas alcohólicas.
  • Recomendaciones para todo el territorio de la Comunidad:
    • Limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.
    • Reducir el aforo máximo en piscinas al aire libre al 75% y en piscinas cerradas al 50% aconsejando adelantar una hora el horario de cierre.
    • Limitar el acceso a playas fluviales a partir de las 20:00 horas.
    • En las actividades teatrales en vías públicas, se recomienda que el público esté sentado, con límite de 100 personas y que no se consuman alimentos ni bebidas.
    • En las actividades de tiempo libre dirigidas a la población juvenil se recomienda un aforo del 75% con un máximo de 200 personas si es al aire libre y de un aforo del 75% con un máximo de 100 personas si es en espacio cerrado.

Se recuerda que es obligatorio el uso de mascarillas al aire libre si no se puede mantener la distancia de seguridad de 1.5m.

 

 

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