Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica

Boletín Oficial del Estado

El pasado 2 de agosto se publicaba el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.


Un Real Decreto que incluía las medidas que se han de adoptar por parte de los diferentes agentes económicos, así como la entrada en vigor de las mismas:

  1. Limitación de temperaturas:

Por razones de ahorro energético se limitarán las condiciones de temperatura en el interior de los establecimientos habitables que estén acondicionados, situados en los edificios y locales destinados a los siguientes usos:

  1. Administrativo.
  2. Comercial: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares.
  3. Pública concurrencia:
  • Culturales: teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares.
  • Establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas.
  • Restauración: bares, restaurantes y cafeterías.
  • Transporte de personas: estaciones y aeropuertos.

       Se limitará a los siguientes valores:

  1. La temperatura del aire en los recintos calefactados no será superior a 19 ºC.
  2. La temperatura del aire en los recintos refrigerados no será inferior a 27 ºC.
  3. Las condiciones de temperatura anteriores estarán referidas al mantenimiento de una humedad relativa comprendida entre el 30 % y el 70 %.

Entrada en vigor el 9 de agosto y tendrán vigencia hasta el 1 de noviembre de2023.


Según recoge la nueva normativa: “No tendrán que cumplir dichas limitaciones de temperatura aquellos recintos que justifiquen la necesidad de mantener condiciones ambientales especiales o dispongan de una normativa específica que así lo establezca”.

Además también se establece que los umbrales de temperatura indicados anteriormente deberán ajustarse, en su caso, para cumplir con lo previsto en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Según lo cual, esta normativa establece que aquellos locales en los que se realicen trabajos ligeros, el rango de temperaturas puede estar entre 14ºC y 25ºC.

Carteles informativos: Los recintos habitables acondicionados a que hace referencia el apartado anterior deberán informar, mediante carteles informativos o el uso de pantallas, las medidas de aplicación que contribuyen al ahorro energético relativas a los valores límites de las temperaturas del aire, información sobre temperatura y humedad, apertura de puertas y regímenes de revisión y mantenimiento y reguladas en el RITE y en el apartado anterior.

Dichos carteles o pantallas deberán ser claramente visibles desde la entrada o acceso a los edificios. También podrán indicar, adicionalmente, otras medidas que se estén adoptando para el ahorro y la eficiencia energética.

Entrará en vigor el 1 de septiembre de 2022 y tendrá vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023.

 

  1. Sistema de cierre de puertas adecuado:

Los edificios y locales con acceso desde la calle dispondrán de un sistema de cierre de puertas adecuado, el cual podrá consistir en un sencillo brazo de cierre automático de las puertas, con el fin de impedir que éstas permanezcan abiertas permanentemente.
 
Entrada en vigor antes del 30 de septiembre de 2022.

  1. Alumbrado de escaparates:

El alumbrado de escaparates deberá mantenerse apagado desde las 22 horas.
Se denomina escaparate al sector de un comercio donde se exhiben los productos para su venta. Puede estar o no situada en la fachada del mismo, esto va a depender, sobre todo, del diseño arquitectónico del local. Lo más frecuente es que esos productos se exhiban detrás de un vidrio lo más cercano posible a los futuros compradores.

(enlace a la página web de la FEC, apartado de normativas)


 Entrada en vigor, 9 de agosto y tendrán vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023.

 

Encuéntranos en Burgos

Dirección

Av Castilla y León 22 2ª Planta

Burgos 09006

Contacto

Tel. 947 237 699

Email  fec@fecburgos.com

Últimas Noticias