Ayudas del Ayto de Burgos para microempresas y autónomos pertenecientes al sector del comercio minorista
El Ayuntamiento de Burgos ha publicado las Bases de ayudas de emergencia para microempresas y autónomos pertenecientes al sector del comercio minorista de Burgos que se han visto obligados a cerrar en virtud del art. 10 Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria por el COVID-19, modificado por el RD 465/2020, de 17 de marzo.
Jue, 24/09/2020 – Jue, 15/10/2020
Podrán resultar beneficiarios de la prestación aquellas microempresas (sociedades mercantiles, civiles, comunidades de bienes y cooperativas) y personas físicas que realicen una actividad de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia a título lucrativo en el sector del comercio minorista y cuyo domicilio fiscal se encuentre en el término municipal de Burgos y que reúnan los requisitos especificados en el apartado 4.2 de la Base cuarta de las Bases reguladoras del procedimiento.
Las solicitudes se formalizarán conforme a instancia normalizada/declaración responsable, tal y como se recoge en el Anexo I) y se presentarán:
– Mediante el envío telemático de los datos a través del Registro Electrónico Común (REC – Red SARA): https://rec.redsara.es, así como los restantes registros electrónicos del sector público que así lo permitan.
– A través del Registro Municipal del Ayuntamiento de Burgos.
– En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
– El Ayuntamiento de Burgos podrá habilitar Centros Cívicos u otras dependencias municipales para la presentación de solicitudes. En este caso, se publicará el listado de centro y su horario en la página web http://www.aytoburgos.es/comercio-y-consumo/comercio/ayudas-y-subvenciones
– A través del resto de sitios habilitados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.